Fútbol
Boletín recargado
El Honorable Tribunal de Disciplina dio a conocer los sancionados que quedarán al margen de la octava fecha de las competencias de Liga Regional de Río Cuarto. Además, resolvió que pos mala inclusión de futbolistas por parte de Universidad y Talleres de Las Acequias, Social Recreativo Reducción sea hacedor de los seis puntos ante los rivales nombrados.
La Liga Regional de Río Cuarto dio a conocer el Boletín Nº 007/2021 que muestra a los futbolistas e integrantes del cuerpo técnico sancionados para el fin de semana venidero que animará el octavo capítulo de las competencias. Además, hubo dos resoluciones que favorecieron a Social Recreativo Reducción y fallaron en contra de Universidad y Talleres de Las Acequias, respectivamente.
Detalles del Boletín Nº 007/2021
Primera División A
Federico Dho – Acción Juvenil | Art. 204 | 1 partido
Franco Ludueña – CT Acción Juvenil | Inhabilitado
*Podrá realizar su descargo antes del 20 de abril
Mauricio Flores – C.C. Alberdi | Art. 186 | 1 partido
Enzo Villarreal – C.C. Alberdi | Art. 204 | 1 partido
Isaías Vélez – Estudiantes | Art. 204 | 1 partido
Asdrúbal Zabala – Everton Club |Art. 184/204 | 2 partidos
Damián Alaníz – Everton Club | Art. 204 | 1 partido
Pablo Salazar – Toro Club | Art. 204 | 1 partido
Mario Menardi – A.C. Atlético Adelia María | Art. 260-8 | 4 partidos
Tercera División A
Daniel Luna – Sportivo Municipal | Art. 204 | 1 partido
Sebastián Vettorazzi – Atlético Sampacho | Art. 204 | 2 partidos
Kevin Acuña – Deportivo Municipal de Adelia María | Art. 204 | 1 partido
Jonathan Reynoso – Sportivo Municipal | Art. 204-186 | 4 partidos
Manuel Arias – Lutgardis Riveros | Art. 185 | 3 partidos
Alexis Doviso – San Martín de Vicuña Mackenna | Art. 200 | 3 partidos
Joaquín Pellegrini – San Martín de Vicuña Mackenna | Art. 200 | 3 partidos
Primera División B
Nicolás Moliva – Fusión F.C. | Art. 204 – 186 | 3 partidos
Axel Ortiz – San Cayetano | Art. 200 | 4 partidos
Romario López – Los Incas | Art. 204 – 207 | 3 partidos
Julián Gutiérrez – DT Los Incas | Art. 186 – 207 | 4 partidos
Hernán Rocha – CT Los Incas | Art. 185-8 | 5 partidos
Diego Campos – DT Los Incas | Art. 185 – 207 | 6 partidos
Franco Amín – Banda Norte | Art. 204-186 | 4 partidos
Joaquín Rodríguez – Charrense F.C. | Art. 204 | 2 partidos
Joaquín Allende – Independiente Dolores | Art. 204 | 1 partido
Darío Martina – Santa Paula | Art. 204 | 1 partido
Valentín Flores – Juventud Unida de Coronel Baigorria | Art. 204 | 1 partido
Leandro Pereyra – Juventud Unida de Coronel Baigorria | Art. 204 | 1 partido
Julio Cabrera – CT Juventud Unida de Coronel Baigorria | Art. 186 | 1 partido
Germán Rodríguez – Centro Social Las Higueras | Art. 204 | 1 partido
Santiago Valencia – Deportivo Municipal de Reducción | Art. 186 | 1 partido
Matías Baigorrria – Social Recreativo Reducción | Art. 204 | 2 partidos
Fabián Tobaldo – DT Social Recreativo Reducción | Inhabilitado
*Podrá realizar su descargo antes del 20 de abril.
Francisco Barrio – Centro Social Las Higueras | Inhabilitado
*Podrá realizar su descargo antes del 20 de abril.
Rubén Lapena – CT Atlético Granada | Art. 287 | 1 partido
Jonathan Chanaday – Belgrano de Coronel Moldes | Art. 204 | 2 partidos
Eufer Vietti – Belgrano de Coronel Moldes | Art. 204 | 2 partidos
Iván Garro – Belgrano de Coronel Moldes | Art. 208 | 1 partido
Joaquín Aquino – Belgrano de Coronel Moldes | Inhabilitado
*Podrá realizar su descargo antes del 20 de abril
Hernán Torres – Los Incas | Art. 204 | 1 partido
Tercera División B
Pablo Palacios – Charrense F.C. | Art. 208 | 1 partido
Braulio Viglione – Santa Paula de Carnerillo | Art. 204-48 | 2 partidos
Agustín Garro – Belgrano de Coronel Moldes | Inhabilitado
*Podrá realizar su descargo antes del 20 de abril.
Fútbol femenino – Primera A
Jessica Oliva – Toro Club | Art. 204 | 2 partidos
Florencia González – Universidad Nacional de Río Cuarto | art. 204 | 2 partidos
INFORMACION PARA CLUBES
SE LLEVA A CONOCIMIENTO DE CLUBES ADHERIDOS, QUE ESTA LIGA DE FÚTBOL HA HABILITADO LA DIRECCIÓN EMAIL TRIBUNALDEDISCIPLINA.LRFRC@HOTMAIL.COM PARA TODA ELEVACIÓN DE NOTA Y/O REQUERIMIENTO QUE SEA COMPETENCIA DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DE LA LIGA DE FÓTBOL RÍO CUARTO. EN TAL SENTIDO, SE REQUIERE OBSERVAR EN TODA ELEVACIÓN, LOS TÉRMINOS Y FORMALIDADES QUE PARA CADA CASO ESTABLECE EL RTP.
Respecto a la mala inclusión de jugadores por parte de la Universidad Nacional de Río Cuarto el pasado día 24 marzo 2021, en el partido Categoría Reserva disputado con el Club Social Recreativo Reducción, este H.T.D. luego de haber receptado los informes correspondientes y sometido el tema a consideración, RESUELVE:
- Sancionar a Universidad Nacional de Río Cuarto con la pérdida del partido mencionado, debiendo registrarse el siguiente resultado: Club Social Recreativo Reducción UNO (1) Universidad Nacional de Río Cuarto CERO (0) (Art 107 inc a) del R.T.P).
- Sancionar a Universidad Nacional de Río Cuarto con multa equivalente al Derecho de Protesta de conformidad con lo dispuesto en el Art 14 y Art 21 del R.T.P por la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($7.500). La entrega del importe mencionado se coordinará con la Liga de Fútbol Río Cuarto a la brevedad posible.
- DISPONER LA DEVOLUCIÓN al Club Social Recreativo Reducción del dinero abonado en concepto de Derechos de Protesta PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($7.500), por lo cual se comunica a la Liga Regional de Fútbol la implementación de devolución de la suma mencionada en forma inmediata (Art 21 del R.T.P.).
Respecto a la mala inclusión de jugadores por parte del Club Atlético Talleres de Las Aceuias pasado día 28 marzo 2021, en el partido Categoría Reserva disputado con el Club Social Recreativo Reducción, este H.T.D. luego de haber receptado los informes correspondientes y sometido el tema a consideración, RESUELVE:
- Sancionar al Club Atlético Talleres con la pérdida del partido mencionado, debiendo registrarse el siguiente resultado: Club Social Recreativo Reducción UNO (1) Club Atlético Talleres CERO (0) (Art 107 inc a) del R.T.P).
- Sancionar al Club Atlético Talleres con multa equivalente al Derecho de Protesta de conformidad con lo dispuesto en el Art 14 y Art 21 del R.T.P por la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS($7.500). La entrega del importe mencionado se coordinará con la Liga de Fútbol Río Cuarto a la brevedad posible.
- DISPONER LA DEVOLUCIÓN al Club Social Recreativo Reducción del dinero abonado en concepto de Derechos de Protesta PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($7.500), por lo cual se comunica a la Liga Regional de Fútbol la implementación de devolución de la suma mencionada en forma inmediata (Art 21 del R.T.P.).
COMUNICADO A CLUB JUVENTUD UNIDA DE RÍO CUARTO
RELACIONADO CON NOTA PRESENTADA POR CLUB ATLÉTICO ACCIÓN JUVENIL TIRO Y GIMNASIA DE GENERAL DEHEZA, EN LO REFERENTE A ANOMALÍAS OBSERVADAS EN LA APLICACIÓN DEL ART. 42 DEL CAP XVI PRELIMINARES, DEL REGLAMENTO DEL TORNEO OFICIAL 1ª DIVISIÓN “A” 2021 (EMPLANILLAMIENTO MAXIMO DE SEIS (6) JUGADORES MAYORES EN CATEGORIA SUB20), EN PARTIDO DE TERCERA A ENTRE JUVENTUD UNIDA RIO CUARTO VS CLUB ATLÉTICO ACCIÓN JUVENIL TIRO Y GIMNASIA DE DÍA 11 ABRIL 2021, EL CLUB JUVENTUD UNIDA RIO CUARTO PODRÁ REALIZAR SU DESCARGO EN FORMA ESCRITA, SEGÚN LO PUBLICADO EN BOLETIN Nº 001/2021. TÉRMINO DE ELEVACION A ESTE HTD DIA CINCO (5) HÁBILES A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE BOLETÍN.
Redacción Al Toque
Gráfico Al Toque
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